III ENCUENTRO “CLAVES PARA LA EDUCACIÓN DEL FUTURO”.
El 13 y 14 de agosto, en el Hotel La Serena Club, en La Serena, se realizó este encuentro que reunió a directores y profesores de 16 colegios del norte del país. Entre los expositores, estuvo presente Carolina Dell’Oro, filósofa PUC y Cristóbal Silva, abogado con vasta experiencia en Ed. Superior.

 

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Preguntas Frecuentes

1) ¿Qué es la Franquicia Tributaria?

Es un incentivo a las empresas, contribuyentes de Primera Categoría de Ley sobre la Renta, que invierten en capacitación de sus recursos humanos, lo cual se descuenta del monto a pagar de sus impuestos.

El monto máximo anual es del 1% de las remuneraciones imponibles pagadas por las empresa en el mismo lapso, o de 9 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en el caso que el 1% sea inferior a esa cifra.

  

2) ¿Qué requisitos debe cumplir una empresa para hacer uso de la Franquicia Tributaria?

  1. Ser contribuyente de Primera Categoría según la Ley de Impuesto a la Renta, ya se renta presunta o efectiva.
  2. Poseer una planilla de remuneraciones imponibles anuales.
 
 

3) ¿Cuáles son los tramos de la Franquicia Tributaria (empresa)?

  1. Entre 35 y menos de 45 UTM: Descuento de 7UTM
  2. Entre 45 y 900 UTM: Descuento hasta de 9 UTM
  3. Sobre 900 UTM: Descuento del 1% del total de remuneraciones
 
 
 

4) ¿Cuáles son los tramos de la Franquicia Tributaria (trabajador)?

  1. De 0 a 25 UTM: 100%
  2. Sobre 25 hasta 50 UTM: 50%
  3. Sobre 50 UTM: 15%
 
      

5) ¿El trabajador debe tener antigüedad laboral en la empresa para poder capacitarse?

No. Aunque el participante se encuentre recién contratado puede asistir a cursos, considerando que para los tramos de franquicia se debe tomar en cuenta el sueldo indicado en su contrato.

 

 

 

6) Un trabajador que trabaja a honorarios ¿puede capacitarse por intermedio de la Franquicia Tributaria?

No, sólo las personas que poseen contrato con la empresa.

 

   

7) ¿Cómo se comunican los cursos a Sence, y en qué plazos?

Los cursos pueden ser comunicados vía plataforma o vía Internet, un día hábil antes de la fecha de inicio del curso o acción de capacitación.

  1. Vía Plataforma: La empresa presenta en la Dirección Regional de Sence respectiva tres copias de Formulario Único de Comunicación, Rectificación y Liquidación de Acciones de Capacitación.
  2. Vía Internet: Permite a la empresa ingresar directamente en el sistema computacional de Sence la información correspondiente a la ejecución de los cursos o acciones de capacitación.
 
   

8) ¿En qué monto la empresa recupera los montos invertidos en la capacitación de sus trabajadores?

  1. Anualmente, mediante la Operación Renta (Ley 19.518)
  2. Mensualmente, mediante la Ley 20.326
 
   

9) ¿Cómo puedo calcular el 1% de mi empresa?

Se debe tomar el total de las remuneraciones imponibles anuales de los trabajadores contratados y de este monto, sacar el 1%. Este resultado el monto a utilizar en capacitación.

 

  

 

 

    

 

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